POLÍTICA

Órganos de gobierno durante la monarquía romana (753a.C. - 509 a. C.)

En la primitiva ciudad romana el gobierno de la ciudad recaía en tres instituciones, el Rey, el Senado y la Curia o Asamblea, cuyos miembros procedían de la clase patricia, integrada por las familias antiguas, que, al ser poseedoras de la mayoría de tierras, gozaban de los privilegios que les conferían su riqueza y su linaje.

El Rey (Rex)

El Rey era elegido entre los miembros del Senado con carácter vitalicio y propuesto por éste a la asamblea de las curias, que podían aceptarlo o rechazarlo; en caso de resultar aclamado, quedaban aún dos formalidades antes de ser investido con el poder real y religioso. En primer lugar tenía que  obtener la aprobación de los dioses. Un augur, intérprete de la voluntad de los dioses, los convocaba mediante los auspicios en una ceremonia en la que el rey era conducido a las afueras de la ciudad  hasta una piedra, reservada ex professo para estos ritos, en la cual había de sentarse; el pueblo permanecía  a sus pies esperando el vaticinio del adivino, que transmitía la aprobación o el desacuerdo de los dioses. Si era encontrado digno para el reinado, el augur anunciaba que los dioses habían mostrado señales favorables, confirmando de esta forma el carácter sagrado del rey.

El siguiente paso era la concesión del imperium al nuevo rey. Aunque anteriormente la asamblea del pueblo lo había aprobado, de nuevo debía confirmarlo mediante la aprobación de una ley llamada lex curiata de imperio, que era propuesta por el propio rey para su votación. Tras realizarse ésta y resultar positiva, pasaba a convertirse en el absoluto -prácticamente- regidor de la ciudad en los asuntos religiosos, políticos, militares y judiciales y  a tener por ello total impunidad respecto a sus acciones.

Los primitivos romanos consideraban que era la decisión de los dioses la que se había manifestado por boca del Pontífice Máximo al proponer al senado al futuro rey,  por tanto reconocían al candidato propuesto como al elegido por los dioses para ser el futuro mediador ante ellos; esto hacía que el pueblo le reconociera como la máxima autoridad en materia de religión y por ello le reverenciara con temor religioso. El rey era el único que tenía derecho a convocar a los dioses e interpretar sus augurios. Dice la leyenda que Rómulo había fundado el colegio de los augures -adivinos- y había sido nombrado su jefe, otorgándosele con ello el derecho a servir de intérprete de la voluntad divina. A su sucesor, Numa Pompilio, se le atribuye la creación del colegio de los pontífices, del que tambíén fue elegido jefe; el nombre de esta institución nos habla de cuál debía ser la misión de éste,( pons-pontis, fuente, y el verbo facio), el que hace puentes, en este caso entre los dioses y los hombres.Estas dos instituciones, integradas ambas por ciudadanos patricios, tenían como finalidad asesorarle en los asuntos concernientes a la religión, sus ritos, fiestas, etc. Como máxima autoridad de en todos los aspectos el rey controlaba el calendario romano, las ceremonias religiosas y el poder designar otros cargos menores.

Entre estos cargos menores figuraban el de tribunus celerum que ejercía de comandante de la guardia personal del rey, un cargo equiparable al deImperio romano. Bajo sus órdenes estaban los celeres, un ejército de trescientes jinetes que eran aportados por por cada una de las  tribus (barrios) en los que se dividió la primitiva ciudad de Roma (cien por cada tribu). Este cargo era el segundo al mando tras el propio monarca, y poseía la potestad de convocar la Asamblea de la Curia y dictar leyes sobre ella. El tribunus celerum debía abandonar su mandato a la muerte del monarca.

Los tribuni militum, los jefes militares, eran la tercera autoridad en materia militar, por debajo del tribunus celerum y del propio monarca.  En los asuntos civiles era el prefectus urbanus el que actuaba como guardián de la ciudad, especialmente cuando el rey se hallaba ausente de Roma, momento en el asumía todo el poder hasta el punto de poder ostentar el imperium.  En materia judicial sus ayudantes son dos, los duoviri perduellionis, que actúan en los delitos de alta traición.

Las insignias de los reyes de Roma consistían en doce  lictores portando las fasces que contenían un hacha de doble filo.

Los lictores eran los portadores simbólicos del imperium, es decir, de los derechos y prerrogativas inherentes a una autoridad concreta, constituyendo uno de los elementos más característicos del simbolismo constitucional romano. El derecho a ser escoltado pasó de los reyes a los magistrados con imperium.

Las fasces (o haz de lictores) eran una unión de 30 varas (una por cada curia de la antigua Roma) atadas de manera ritual con una cinta de cuero rojo formando un cilindro; a su alrededor había un hacha común o un labrys. Originalmente era el emblema de los reyes etruscos, adoptado igualmente por los monarcas romanos y perviviendo durante la república y parte del imperio. Las fasces eran transportadas al hombro por un número variable de lictores, que acompañaban a los magistrados curules como símbolo de la autoridad de su imperium y su capacidad para ejercer la justicia.

Los reyes, y más tarde los magistrados con imperium, tuvieron también derecho a sentarse sobre la silla curul (de ahí el nombre de magistrados curules), a vestir la túnica púrpura, e incluso portar una diadema plateada sobre la cabeza.


Senado

Originariamente era un grupo de 100 ciudadanos, los más ancianos de cada gens patricia (senex-senis, m, anciano), elegidos  por Rómulo para que le aconsejaran en los asuntos más importantes del gobierno. Su número fue aumentando a lo largo de la monarquía y llegó a los 300 miembros en época de Tarquinio Prisco. Se reunían por orden del rey y en las reuniones solo se podían tratar los asuntos que el rey había expuesto previamente; no tenían realmente ningún poder de decisión excepto en el caso de plantearse una declaración de guerra, en la que la aprobación del senado era un requisito imprescindible para emprenderla.

Uno de las funciones más importantes de este organismo era su participación en la elección del nuevo rey. Una vez que el antiguo rey fallecía, Roma entraba en un periodo de interregnum . Durante este tiempo (normalmente, menos de un año), para poder mantener los auspicia sagrados mientras el trono estuviera vacante, cada uno de los senadores actuaba como interrex (rey en funciones) durante cinco días;  una vez que el interrex en curso -que actuaba también como jefe del colegio de los augures y de los pontífices- designaba a un candidato para ostentar la diadema real, lo  presentaba ante el Senado para su aprobación y, en caso de ser aceptado, debía congregar a la Asamblea curiada y servir como su presidente durante la elección del rey.

Estaba en posesión de la “auctoritas patrum” (algo así como “la autoridad de los patres (familiae)”, que le permitía decidir sobre las decisiones de los comicios, es decir sobre lo votado previamente en la asamblea del pueblo. Todos los acuerdos tomados en los comicios debían ser ratificados por el Senado en virtud de su “auctoritas patrum” y , por tanto, podían ser anulados.

Curia o Asamblea

El término curia designa no sólo el lugar de reunión de la asamblea y el Senado, sino también la unidad de organización administrativa de los ciudadanos romanos; en la legendaria ciudad de Roma los ciudadanos se agrupaban en tres tribus (formado por la raíz tri- del número tres) de las que sabemos su nombre: Ramnes, Tities y Luceres, que según Varrón, se corresponderían con los latinos, los sabinos y los etruscos, respectivamente. A su vez cada tribu se subdividía en diez curiae, de forma que originariamente había un total de treinta curias.

En las reuniones de la asamblea -los comitia curiata- deberían estar representados todos los ciudadanos romanos. El sistema de votaciones era el siguiente: en primer lugar se celebraban las votaciones “viriatim”, es decir cada ciudadano (varón=vir) votaba individualmente en su curia (barrio) y después se celebraban las votaciones “curiatim”, es decir votaban las curias, cada una con derecho a un voto. En realidad no era una votación sino más bien una aclamación (de ahí la palabra suffragium, relacionada con fragor=”estrépito, ruido”). En estas asamblea únicamente participaban los ciudadanos patricios, de manera que los plebeyos carecían de representación en la asamblea y quedaban excluídos de los asuntos de la ciudad.

El número de tribus y, por tanto de curias, fue aumentando a medida que la ciudad creció y en tiempos de Servio Tulio, cuando se creó el primer censo de los ciudadanos, había ya en Roma cuatro tribus urbanas y diez tribus rurales, con sus correspondientes curias. Para la elaboración del nuevo censo se disolvió la antigua agrupación por tribus y se volvió a dividir a los ciudadanos en cinco clases económicas, según sus propiedades y su aportación al ejército; después se dividió la ciudad en cuatro regiones de acuerdo a la distribución de las tribus urbanas. Estas dos nuevas divisiones, según el nivel económico y según el lugar de residencia, dieron lugar a dos tipos diferentes de asambleas, los comitia centuriata, en los que dominaban las clases patricias y las clases adineradas,  y los comitia tributa, en las que la representación era más democrática.

En el censo basado en la posición económica cada clase social estaba dividida en un número de centurias, mayor  cuanto más alta era la posición social. Así por ejemplo la primera clase social, tenía asignadas ochenta centurias (ochenta votos en la asamblea), la segunda tiene asignadas veinte centurias (veinte votos), la llamada “supra classem”  tenía asignadas dieciocho (dieciocho votos) , la tercera clase otras veinte, etc… de manera que suman un total de ciento noventa y tres centurias de las cuales noventa y ocho están integradas por patricios, frente a las noventa y cinco de los plebeyos. Aunque todo el pueblo romano participaba en los comicios por centurias, sin embargo, la nueva agrupación de ciudadanos permitía que todas las centurias patricias se pusieran de acuerdo para que el resultado de las votaciones les fuera favorable.


El derecho de convocar y presidir las asambleas perteneció solamente al rey, por tanto durante la monarquía la asamblea no fue un órgano con autonomía ni poder de decisión. Sus funciones eran varias, entre ellas elegir rey y conferirle el imperium mediante la lex curiata de imperio, también participaban en las votaciones de las leyes y en las declaraciones de guerra y de paz, pero su voto nunca era decisivo.





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